Novedades
Nueva prórroga de Fe de Vida
Durante los meses de julio y agosto de 2020 podrás percibir tus haberes sin tener que acreditar la fe de vida o “supervivencia” ante la entidad bancaria, sin riesgo alguno que te suspendan el beneficio por dicho motivo.
Así lo dispone la Resolución 235/2020 de ANSES publicada el 30/06/2020 en el Boletín Oficial.