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SE PRORROGÓ LA SUSPENSIÓN DEL TRÁMITE DE FE DE VIDA
Para garantizar el cobro de las prestaciones durante los meses de mayo y junio de 2020 la ANSES dispuso mediante Res. 2020-95 prorrogar los alcances de la Res. 2020-79 por la cual se suspendió el trámite de Fe de Vida.
Ello significa que todos los beneficios vigentes deben pagarse mediante la acreditación de haberes en cuenta, sin el requerimiento de ningún trámite de actualización de “supervivencia”, y que los montos quedarán allí depositados hasta que el titular los retire.